La Procuraduría General del Estado (PGE) es una de las nuevas instituciones que fueron incorporadas a la estructura del Estado mediante la Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009. Sin embargo, la defensa legal del Estado ya venía desarrollándose desde algunos años atrás, particularmente, desde la gestión del presidente Evo Morales, estando sus antecedentes íntimamente ligados al proceso de nacionalización de los recursos naturales y las empresas estratégicas del Estado.
Para poner en perspectiva la historia de la PGE, es importante hacer referencia a al menos tres ciclos de transformación institucional que ha tenido la defensa legal del Estado en Bolivia: en primer lugar, la defensa legal mediante instancias de coordinación; en segundo lugar, la defensa legal de carácter institucional desde el Órgano Ejecutivo; y, en tercer lugar, la defensa legal a través de la Procuraduría General del Estado.
En cuanto a las instancias de coordinación, durante el primer ciclo de defensa legal del Estado, se crearon los denominados consejos de defensa legal del Estado. En efecto, a escasos tres meses de inaugurado el gobierno del presidente Evo Morales, tomando en cuenta el mandato de recuperar y proteger los recursos naturales, se creó el Consejo Nacional de Defensa Legal de Bolivia Ad Hoc (Decreto Supremo Nº 28694, de 26 de abril de 2006), con la finalidad de coordinar y articular la defensa legal del Estado boliviano en el caso CIADI Nº ARB/06/2: Química e Industrial del Bórax Ltd., Non-Metallic Minerals S.A. y Allan Fosk Kaplún c. República de Bolivia.
Cinco días más tarde, el presidente Evo Morales asumiría la valiente e histórica decisión de iniciar el proceso de nacionalización de los recursos naturales y las empresas estratégicas del Estado, mediante la emisión del Decreto Supremo Nº 28701, de 1 de mayo de 2006, de Nacionalización de los Hidrocarburos “Héroes del Chaco”, hecho que impondría nuevos desafíos a las necesidades de defensa legal del Estado.
Por tal motivo, un año más tarde, se creó el Consejo Nacional de Defensa y Representación Legal Internacional del Estado Boliviano (Decreto Supremo Nº 29196, de 18 de julio de 2007), que introdujo importantes cambios en la política de defensa legal del Estado boliviano, por un lado, estableciendo instancias y mecanismos estables de defensa y representación legal internacional del Estado y, por otro lado, extendiendo el ámbito de la defensa legal al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, conformado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
A partir del 5 de julio de 2008 se inició el segundo ciclo de avance institucional en la defensa legal del Estado, mediante la creación de Ministerio Sin Cartera Responsable de la Defensa Legal de las Recuperaciones Estatales (Decreto Presidencial Nº 29589, de 5 de julio de 2008), que asumiría la defensa técnico-legal del Estado en litigios nacionales e internacionales en materia de inversiones. Luego, el año 2009, dicho ministerio pasaría a formar parte de la estructura formal del Órgano Ejecutivo como Ministerio de Defensa Legal del Estado (Decreto Supremo Nº 29894, de 7 de febrero de 2009), encargado de la defensa de los intereses del Estado en procesos jurisdiccionales y arbítrales en materia de inversiones. La defensa en materia de derechos humanos se mantendría en manos del Ministerio de Relaciones Exteriores hasta la creación de la Procuraduría.
Finalmente, la actual Constitución Política del Estado creó la PGE, como organismo tutelar de los intereses del Estado, cuya organización y estructura fue regulada mediante la Ley Nº 064, de 5 de diciembre de 2010, Ley de la Procuraduría General del Estado, iniciando sus funciones en fecha 7 de febrero del año 2011. En este tercer ciclo, la Procuraduría se consolidó como la institución de representación jurídica pública encargada de promover, defender y precautelar los intereses del Estado. La Ley Nº 064 determinó como función de la PGE defender judicial y extrajudicialmente al Estado boliviano, en resguardo de su soberanía, bienes de su patrimonio e intereses, en particular, en materia de inversiones, derechos humanos y medio ambiente.
En el marco de la profundización y perfeccionamiento de las funciones y atribuciones de la PGE, se emitió la Ley Nº 768, de 15 de diciembre de 2015, mediante la que se realizaron significativas modificaciones e incorporaciones a la Ley Nº 064, incluyendo la incorporación de los numerales 17, 18 y 19 a su artículo 8. Dichos numerales establecieron nuevas funciones para la PGE, a objeto que, en un marco de previsibilidad y potestades regladas, nuestra institución:
Participe como sujeto procesal de pleno derecho en procesos penales, civiles y coactivos fiscales en los que tenga participación el Estado, cuya cuantía debe ser establecida mediante Resolución Procuradurial;
Participe como sujeto procesal de pleno derecho en procesos penales, civiles y coactivos fiscales, cuando la Máxima Autoridad Ejecutiva sea demandada o procesada por hechos cometidos en el ejercicio especifico de sus funciones; y
Participe como sujeto procesal de pleno derecho, excepcionalmente, a solicitud de la Presidenta o Presidente del Estado boliviano.
Luego de cumplido el periodo para que las entidades y empresas de la administración pública procedan al registro de sus procesos judiciales en el Registro Obligatorio de Procesos del Estado (ROPE), en fecha 19 de julio de 2017, se emitió la Resolución Procuradurial 133/2017, mediante la que se estableció un monto de Bs 7.000.000 (siete millones de bolivianos) como cuantía para la intervención de la PGE como sujeto procesal de pleno derecho en procesos penales, civiles y coactivos fiscales.
Tomando en cuenta este parámetro, actualmente, las Direcciones Desconcentradas en los nueve departamentos del país, están encargadas de ejercer de manera directa la atribución de participar como sujeto procesal de pleno derecho en los referidos procesos del Estado.
Como se observa, la Procuraduría General del Estado es una institución nueva, evolutiva y de perfeccionamiento constante, que se ajusta a las necesidades estatales para la preservación y defensa de sus más altos intereses. En ese sentido, se continuará con la defensa legal de los intereses, la soberanía y los bienes del patrimonio del Estado a nivel nacional como internacional, en plena consonancia con el modelo de administración estatal inaugurado por el presidente Evo Morales el 22 de enero del año 2006 y, particularmente, con su patriótica visión de acompañar el proceso de nacionalización de los recursos naturales y las empresas estratégicas del Estado.
