Interés
El artículo 14 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la PGR establece: “La Procuraduría General de la República, en el ejercicio de su competencia sobre la defensa judicial y extrajudicial de los bienes, derechos e intereses patrimoniales de la República, en el territorio nacional y fuera de él, podrá actuar en defensa de los derechos de servidores públicos afectados por actos de injerencia provenientes de organismos, estados, autoridades y poderes extranjeros, dirigidos a menoscabar la soberanía y la libre autodeterminación de los pueblos, o a la intervención en asuntos internos de la República. La oportunidad de dicha representación será consultada con el Ministerio con competencia en materia de relaciones exteriores y autorizada por el presidente o presidenta de la República”.


