Viernes, 08 Octubre 2021 00:00

Interés

Escrito por
Valora este artículo
(0 votos)

Interés

Los abogados que actúen en nombre de la Procuraduría General de la República deben hacer valer en los juicios todos los recursos ordinarios, extraordinarios y especiales establecidos por las leyes, salvo instrucción contraria de la máxima autoridad del órgano respectivo, dada por escrito. Los lapsos para intentar los referidos recursos no comenzarán a correr hasta tanto no se practique la correspondiente notificación al Procurador o Procuradora General de la República, o a la persona facultada para ello, conforme lo establecido en este Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la PGR.

Visto 259 veces Modificado por última vez en Miércoles, 08 Septiembre 2021 19:02
Más en esta categoría: « Interés Interés »

Deja un comentario

Asegúrese de introducir toda la información requerida, indicada por un asterisco (*). No se permite código HTML.

Valid HTML5 Strict
Valid HTML5 Strict
Valid HTML5 Strict
Valid HTML5 Strict
Valid HTML5 Strict
Copyright © 2025 PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Av Los Ilustres, cruce con calle Francisco Lazo Martí, Urb. Santa Monica -Caracas